Andrés Manuel López Obrador, presidente de México, envió al Congreso mexicano una iniciativa para proteger el litio del país con cambios en la Ley Minera. Las modificaciones en esta ley necesitan mayoría simple, a diferencia de la reforma eléctrica, que requiere la aprobación de las dos terceras partes del Congreso.
Cabe recordar que el 17 de abril, la reforma eléctrica promovida por López Obrador fue rechazada. Esta no alcanzó los votos necesarios de las dos terceras partes, en la cámara de diputados. En conferencia de prensa el presidente señaló que “Se cometió un acto de traición a México por parte de un grupo de legisladores que en vez de defender lo público se convirtieron en francos defensores de empresas extranjeras”.
En relación a la defensa de la minería, la iniciativa de López Obrador, señala que “La exploración, la explotación y el aprovechamiento del litio quedan exclusivamente a cargo del Estado y se llevarán a cabo por el organismo público descentralizado que determine el Ejecutivo Federal en términos de las disposiciones aplicables. El cumplimiento de la legislación y tratados internacionales en materia de protección al medio ambiente y derechos de los pueblos originarios será escrupuloso por parte de dicho organismo público”
La iniciativa pretende reformar varios artículos de la ley. Para el primer artículo se pretende agregar que “la explotación y el aprovechamiento del litio quedará a cargo de un organismo público descentralizado que se creará en términos del artículo 10 de la presente ley”.
En el artículo quinto, en donde se hacen las excepciones para la aplicación de la ley, se busca declarar la utilidad pública de la exploración, la explotación y el aprovechamiento del litio. “No se otorgarán concesiones, licencias, contratos, permisos, asignaciones o autorizaciones en la materia”, en donde se declara al litio como patrimonio de la Nación.
En los agregados de la ley también se detalla que las cadenas de valor del litio se administrarán y controlarán por la Nación mediante un organismo público señalado en el artículo 10 de la ley.
En el artículo nueve se establece que el Servicio Geológico mexicano, organismo público descentralizado, apoyará al Estado para mejorar el aprovechamiento de los recursos minerales.