En estos días salieron a público conocimiento en Argentina, irregularidades en el uso del sistema de reconocimiento facial, de prófugos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Entre abril de 2019 y marzo de 2022, se realizaron nueve millones de consultas de datos biométricos desde la cartera de Seguridad de la Capital Federal de Buenos Aires, cifra que no corresponde con los individuos requeridos por la Justicia o en situación de rebeldía; accediendo así a datos de personas que no estaban siendo buscadas.
Consecuentemente, el Centro de Estudios Legales y Sociales en Argentina, impulsó una causa judicial que lleva adelante el juez Roberto Gallardo, a partir de un amparo colectivo presentado por el Observatorio del Derecho Informático en la Argentina.
Ariel Garbarz es ingeniero especializado en telecomunicaciones y perito de la justicia federal en Argentina. Como experto asegura que los datos biométricos de las personas, combinados con una base de datos adulterada, permiten la posibilidad de construir pruebas falsas. Para el ingeniero, el tener la cara de alguien asociada a un día, hora y lugar determinado, vinculada a su vez a las caras de otras personas, puede servir para inventar un delito que no fue cometido. Garbarz nos dice que fácilmente se puede adulterar la base de datos y ubicar a una persona en forma biométrica en una zona donde no estuvo y se cometió un delito, y presentar esa información ante un juez.
Igualmente Pablo Negri, investigador en Conicet, certifica que tener la capacidad de identificar a una persona en la vía pública puede ser utilizado para bien o para mal; es información que cualquiera anónimamente puede colgar en una página de internet y entonces se convierte en un problema gravísimo de seguridad. La tecnología de reconocimiento facial es una herramienta que mal usada puede ser muy nociva. Recordó, que ya en el mundo se registraron enormes errores, a partir del uso de ese tipo de sistemas que llevaron a identificaciones equivocadas. Negri es creador de un sistema de reconocimiento facial de personas desaparecidas.
La biometría funciona sobre la base de que existen rasgos físicos y de conducta que son particulares en cada individuo, a partir de estos rasgos se crea un dato, y con este se crea la posibilidad de la identificación de un individuo. En el mundo se ha impulsado la adopción de tecnologías de reconocimiento biométrico por parte de los Estados para distintos fines: avanzar planes de identificación universal de la población, llevar a cabo procesos electorales, facilitar la entrega de servicios básicos y asistenciales, etc.
Sin embargo se hace evidente que la creación de una base de datos de rasgos biométricos en un grupo de población, genera riesgos de seguridad y privacidad. Surge así la pregunta de cuáles son los enfoques legislativos más oportunos, para proteger a los individuos de sus propios datos.
El uso de datos de rasgos biométricos no sólo se reserva al Estado. Es muy difícil separar los usos privados y públicos en este tipo de datos; la implementación estatal de estas tecnologías, pasa a través de procesos de contratación con actores privados, cuyos intereses en el uso público de estas tecnologías se basa en motivaciones económicas.
Hoy en día el mercado de datos personales alcanza dimensiones multimillonarias. El uso actual de estos datos no solo se remite a fines mercadotécnicos, sino que tiene un uso de intercambio o activo que posee un valor económico específico, como una moneda.
Las empresas ven a los datos acumulados, como un activo en el cual han invertido, empleando tecnología especializada para extraerlo. La noción de pagar por servicios gratuitos a cambio de la entrega de información sobre actividades de navegación y uso de tecnologías resulta ya poco extraño, aun sabiendo que la modificación de la conducta en los usuarios, no es un efecto secundario de muchos de estos servicios, como las redes sociales, sino el objetivo central. Es sabido que las redes sociales son máquinas dedicadas a modificar el comportamiento, para que el usuario no abandone la red y se vincule en relaciones comerciales, entre otras cosas; diseñado para ese funcionamiento, su extraordinario valor comercial radica en su capacidad de modificación de conductas.
Por otro lado, están los sistemas de identificación biométrica, que catalizan el espacio público. En combinación con otras tecnologías, limitan la posibilidad de moverse libremente en espacios públicos sin que todo movimiento se vea registrado y vinculado a una identidad jurídica. Filósofos y sociólogos han estudiado en detalle los efectos nocivos de la vigilancia masiva, sin embargo hoy en día la vigilancia no es solo observación, también es registro.
Es por eso que el debate sobre la legislación del uso de estas tecnologías, debe tener en cuenta no solo la protección frente a las libertades de expresión y comunicación, los abusos del Estado y de mercado, sino también la protección de los individuos, frente a las modificaciones e interferencias en el desarrollo integro de su personalidad.